Aunque el presidente Gustavo Petro ya firmó el decreto que convoca la consulta popular y envió la solicitud a la Registraduría para fijar la fecha de votación, el avance de este proceso no está ni mucho menos asegurado.
El registrador nacional, Hernán Penagos, se encuentra en el centro de un dilema institucional: acatar un decreto cuestionado o esperar el pronunciamiento de la Corte Constitucional, que ya asumió el estudio del Decreto 0639 de 2025.
El Gobierno se respalda en la Ley Estatutaria 1757 de 2015 para argumentar que, ante la inacción del Congreso, tiene vía libre para convocar la consulta. Pero esta interpretación ha sido calificada como arriesgada y carente de sustento constitucional por voces como el exregistrador Alfonso Portela y congresistas como Paloma Valencia, quien ya pidió la suspensión provisional de los efectos del decreto.
La Corte designó al magistrado Jorge Enrique Ibáñez como ponente del caso. Mientras tanto, la Registraduría ya advirtió que no cuenta con los $750.000 millones necesarios para organizar la consulta, y que el proceso solo podría arrancar si el Ministerio de Hacienda asigna recursos extraordinarios.
Más allá de los recursos, Penagos también debe evaluar un tema de fondo: la legalidad. Como registrador, está facultado para abstenerse de ejecutar un decreto si hay dudas razonables sobre su constitucionalidad, y este es claramente uno de esos casos.
Por ahora, la Corte debe responder preguntas de fondo: ¿Puede el Ejecutivo convocar una consulta sin aprobación del Senado? ¿Es legal interpretar el silencio legislativo como una autorización?
Mientras el debate avanza, todo apunta a que Penagos se inclinará por la prudencia institucional. De su decisión depende evitar un choque de poderes que pondría en tensión a la democracia colombiana

